El texto trata el tema de la elaboración de políticas públicas en cuanto a la educacion especial se refiere, tomando en cuenta la educación general, y sus papeles social, político y pedagógico.
Las políticas de educacion especial, así como las políticas sociales deben ser entendidas como una modalidad de las políticas públicas, es decir, como un conjunto de acciones con objetivos específicos del gobierno.
La elaboración de determinada política educativa debe ser resultado de una serie de discusiones que involucren a la sociedad, así como del análisis crítico de los marcos filosófico, ideológico, situacional y pedagógico que permitan comprender las condiciones locales, facilitar la identificación de necesidades y la determinación de prioridades, estableciendo claramente las finalidades y los objetivos a alcanzar.
El hecho de elaborar una determinada política educativa no es condición suficiente para que esta se lleve a cabo. Las orientaciones políticas son patrones de referencia que definen las estrategias de planeación entre las que destaca la planeación participativa.
Movimientos nacionales e internacionales que se consolidan como políticas de educacion especial y cuya finalidad es conquista del derecho de todos a la educacion de buena calidad.
Procesos históricos de la evolución de determinada política educativa.
Analizar históricamente las políticas educativas de diferentes países solo tiene sentido cuando se encuentran relacionadas con los modelos de desarrollo y las ideologías que las conforman.
Actualmente las políticas de educacion especial en Brasil adoptaron una orientación exclusiva, procurando asumir esta práctica democrática con atributos políticos enfocados a la realización humana. Los desafíos están en torno a los procedimientos que deben ser adoptados en el planteamiento y en la implementación de esta idea o, dicho de otra manera, de este valor.
Según Almerindo Janela Afonso profesor de la Universidad de Minho, Portugal, debemos considerar cuatro niveles de análisis de la realidad educativa.
1. Nivel microsociológico. Se refiere al salón de clase en donde ocurre el proceso de enseñanza-aprendizaje, en donde la propuesta de educación inclusiva puede traducirse solamente por presencia física de estudiantes con necesidades educativas especiales.
Procedimientos que deben ser adoptados en la aplicación del ideario de la política de inclusión educativa.
Ser requieren relaciones dialógicas que conduzcan al consentimiento de algo que se construye y se sustenta del interior hacia el exterior del sujeto.
La dimensión cultural se puede resumir en acciones que permitan construir una comunidad inclusiva y establecer valores inclusivos en las escuelas.
Bajo la dimensión de la practica pedagógica centrada en el aprendizaje y en la participación y que toma como punto central el salón de clase, las recientes contribuciones de las neurociencias del aprendizaje y de la psicología cognitiva, además de los avances de la tecnología educativa, señalan la importancia de los trabajos en grupo, de la cultura del pensamiento y del desarrollo del currículo por proyectos de trabajo, favorecedores de los movimientos de integración y de estos con los objetos del saber.
Para finalizar hacemos tres observaciones: la primera se refiere a la educación en zonas rurales, no siempre muy clara en los documentos de políticas educativas; la segunda hace alusión a los alumnos con altas habilidades o superdotados y que exigen mayor visibilidad en los textos sobre inclusión educativa; la tercera se refiere a los aspectos financieros, pues siempre queda la cuestión de cómo solventar los cambios necesarios y que, entre otras providencias, involucran la adquisición de equipos y, principalmente, la capacitación permanente de recursos humanos.
Bibliografías
Rosita Edler Carvalho: Maestra invitada de la Pontificia Universidad Católica (PUC), Brasil. edler@centroin.com.br
Traducción del portugués: Celina Girardi
Revista Intercontinental de Psicología y Educación, vol. 10. núm. 1, enero-junio 208, pp.15-28. Fecha de recepción: 07 de noviembre de 2006, fecha de aceptación: 12 de abril de 2007.
Hipervinculo
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